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REALIZACIÓN Y PLANES DE OBRA
Título
de Técnico Superior en Realización y Planes de Obra
Capacita
para intervenir en la ejecución de obras civiles y de edificación,
organizando, supervisando y controlando los tajos, realizando las
mediciones de unidades de obra y el seguimiento de la planificación,
materializando los replanteos y comprobando la aplicación de los
planes de seguridad, calidad y medio ambiente.
Duración
de los estudios
- 1.700
horas - 2
cursos académicos
- 960
horas en el centro educativo
- 740
horas en el centro de trabajo (prácticas)
¿Qué
estudiarás?
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PLAN
DE ESTUDIOS
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MÓDULO
PROFESIONAL
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1º
CURSO
Horas/semana
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2º
CURSO
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1º
Y 2º Trimestre
Horas/semana
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1.
Replanteos de obras
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4
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2.
Planes de obras.
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3
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3.
Organización de tajos de obra.
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9
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4.
Planes de seguridad en la construcción.
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3
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5.
Administración, gestión y comercialización de una pequeña
empresa.
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3
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6.
Relaciones en el entorno de trabajo.
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2
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7.
Formación y orientación laboral.
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2
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8.
Construcción.
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4
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9.
Formación en Centros de Trabajo.
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740
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Total
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30
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740
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¿Dónde
trabajarás?
Las
personas con este perfil profesional trabajarán en empresas
constructoras, en organismos públicos o de forma autónoma, dentro
del sector de la construcción, en todo tipo de edificios de nueva
construcción o en rehabilitaciones, de viviendas, de edificios
industriales, comerciales y de servicios, también en el subsector de
obra civil y en otros sectores productivos donde se realicen
replanteos, control de calidad de obras, productos semielaborados
para la construcción y seguimiento de planes de seguridad, calidad y
medio ambiente.
¿De
qué trabajarás?
- Encargado
general de obra
- Técnico
de seguridad e higiene
- Ayudante
de obra
- Técnico
en organización de obras
- Ayudante
en organización
- Encargado
de planta de prefabricados
- Ayudante
de planificación.
- Ayudante
topógrafo.
Estudios
universitarios a los cuales puedes acceder
El
título de Técnico Superior en Realización y Planes de Obra permite
el acceso directo a las enseñanzas conducentes a los títulos
universitarios de grado en las condiciones de admisión que se
establezcan.
El
reconocimiento de créditos entre los títulos de técnico superior
de la formación profesional y las enseñanzas universitarias de
grado será regulado por el Consejo de Universidades.
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